Real Orden. A una Legación o Centro Oficial.
Comunicar el contenido de un Despacho a una Legación o Centro Oficial por medio de una Real Orden.

Real Orden a una Legación de S.M. diciendo que se ha enterado del contenido de su Despacho; o a un Centro Oficial cualquiera porque no varia más que el pie; la fórmula es la misma.
Ver la carta original en formato pdf.
Papel de sección. Margen un cuarto.
Texto de la carta.
MINISTERIO DE ESTADO.
SECCIÓN DE POLITICA.
Excmo. Señor:
De orden del Señor Ministro de Estado, pongo en conocimiento de V.E. que se ha enterado de su Despacho (o su comunicación, fecha 4 de Abril último, en que decía ...... ) núm. 40, de 4 de Abril último, en que manifestaba que (decía que) (lo que sea).
Dios guarde a V.E. muchos años.
Madrid 1.º de Mayo de 188..
El Subsecretario,
Señor Embajador de S.M. en París.
Documentos Relacionados
-
8904

Aviso Los artículos "históricos" se publican a modo de referencia
Pueden contener conceptos y comportamientos anacrónicos con respecto a la sociedad actual. Protocolo.org no comparte necesariamente este contenido, que se publica, únicamente, a título informativo
Su opinión es importante.
Participe y aporte su visión sobre este artículo, o ayude a otros usuarios con su conocimiento.
-
Real Orden para el nombramiento de un Vicecónsul Honorario.
-
Certificado de la toma de posesión del destino.
-
Señalada la Audiencia, el Jefe superior de Palacio lo participa al señor Ministro de Estado.
-
No es embajada solamente la Misión regida por un Embajador, sino toda la que se envía al extranjero.
-
Carpeta de devolución al Ministerio de Gracia y Justicia.
-
Algunos Soberanos añaden al título de Majestad un calificativo, bien religioso, bien derivado de la nacionalidad.
-
Telegramas recibidos desde Londres con las condolencias por la muerte del Rey Alfonso XII.
-
Correspondencia de las categorías Consulares con las Civiles, las del Ejército y las de la Armada.
-
Leyes Militares. Ley de Quintas.
-
Ceremonial Alemania. Reglamento de la etiqueta que se ha de observar respecto a los Embajadores..
-
Carta en la que se indican las atenciones prestadas al Ablegado Apostólico Monseñor N.N.
-
Al enviar o recibir un Representante diplomático, se reconoce ipso facto el Gobierno a quien se envía, o cuyo Ministro público se recibe.