Panama
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Prohibiciones para utilizar los Símbolos Patrios de Panamá. Uso de los símbolos de la Nación
Cosas que no se pueden hacer con los Símbolos Patrios de Panamá. Prohibiciones de uso del himno, la bandera y el escudo de Panamá -
Los Símbolos Patrios de Panamá. Ley 2 del 23 de enero de 2012, parte VI
Las entidades públicas y privadas tendrán un período máximo de un año, a partir de la entrada en vigencia de esta Ley, para adecuar los usos de los Símbolos de la Nación a las reformas de la Ley 34 de 1949 introducidas por la presente Ley
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Algunas personas piensan que las normas de cortesía son muy complicadas y prefieren seguir el camino más fácil y sencillo, lo que generalmente se traduce en groserías y mala educación
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Ley por la cual se adoptan la Bandera, el Himno y el Escudo de Armas de la República y se reglamenta su uso así como el de las Banderas Extranjeras
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Cosas que no se pueden hacer con los Símbolos Patrios de Panamá. Prohibiciones de uso del himno, la bandera y el escudo de Panamá
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Las entidades públicas y privadas tendrán un período máximo de un año, a partir de la entrada en vigencia de esta Ley, para adecuar los usos de los Símbolos de la Nación a las reformas de la Ley 34 de 1949 introducidas por la presente Ley
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Manual de Protocolo para el uso de los símbolos Patrios de la Nación. Panamá. Referencias bibliográficas
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Es obligatorio colocar el escudo de la República al frente de las embajadas, legaciones y consulados de la República acreditadas en el exterior
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El uso del escudo en dorado estará reservado en la papelería oficial de los Presidentes de los Tres Órganos del Estado
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Al tomar posesión de su cargo el Presidente de la República o el encargado del Órgano Ejecutivo es obligatorio interpretar el Himno de Panamá
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Los Símbolos de la Nación no deben servir como adorno en ningún caso o lugar
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Nunca se iza la bandera al compás del himno nacional, este se canta luego de izada la bandera
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Algunas personas piensan que las normas de cortesía son muy complicadas y prefieren seguir el camino más fácil y sencillo, lo que generalmente se traduce en groserías y mala educación
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Ley por la cual se adoptan la Bandera, el Himno y el Escudo de Armas de la República y se reglamenta su uso así como el de las Banderas Extranjeras
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Al escoger un himno para la nueva nación, el pueblo por abrumadora mayoría, ya había escogido al Himno Istmeño
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El tricolor nacional no ha sido reglamentado en cuanto a las formas o el orden en que debe ser colocado
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La bandera no debe ser colocada junto a estandartes, banderas, banderolas o banderines que no tengan categoría de Estado
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La bandera panameña fue ideada por Don Manuel Encarnación Amador Guerrero y fue confeccionada por Doña María De La Ossa de Amador
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De la Ley 34 de 1949. que adopta tomo Símbolos de la Nación la Bandera, el Himno y el Escudo y reglamenta su uso, que comprende las reformas de la Ley 2 de 2012.
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De la Ley 34 de 1949. que adopta tomo Símbolos de la Nación la Bandera, el Himno y el Escudo y reglamenta su uso, que comprende las reformas de la Ley 2 de 2012.
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De la Ley 34 de 1949. que adopta tomo Símbolos de la Nación la Bandera, el Himno y el Escudo y reglamenta su uso, que comprende las reformas de la Ley 2 de 2012.
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Se prohíbe la venta, uso o exhibición al público de objetos de cualesquiera clases, en los cuales se reproduzca el Escudo de Armas de la República o la Bandera Nacional
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El cuartel blanco con la estrella azul es el primer cuartel de la Bandera Panameña, porque está en el punto más pegado al Asta
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De la Ley 34 de 1949. que adopta tomo Símbolos de la Nación la Bandera, el Himno y el Escudo y reglamenta su uso, que comprende las reformas de la Ley 2 de 2012
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Nuestro Escudo descansa sobre verde que simboliza la vegetación, es ojival y con divisiones terciadas
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Se prohíbe tocar o reproducir el Himno Nacional o parte de él como propaganda e incorporarlo a otras producciones en ritmos o estilos diferentes del original
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Se establece con carácter permanente la Comisión Nacional de los Símbolos de la Nación, adscrita al Ministerio de Gobierno
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Es obligatorio colocar el Escudo Nacional en el frente de las embajadas y consulados de la República, así como en la residencia de los jefes de misión acreditados en el exterior
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La Bandera Nacional será enarbolada los días de fiesta nacional o los días feriados o cívicos decretados por el Órgano Ejecutivo
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Se adoptan como Símbolos de la Nación el Escudo, la Bandera y el Himno descritos en esta Ley