Cómo honrar y usar correctamente la Bandera. Protocolo. Uso de los símbolos de la Nación de Panamá.
La bandera solo puede exponerse públicamente en exteriores izada o enarbolada.

- La Ley estipula que están autorizados para usar el Escudo de Armas de la República, que es la representación del Poder del Estado: El Presidente y Vicepresidentes, los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia, los Ministros y Viceministros de Estado, los Diputados de la Asamblea Nacional, el Procurador General y el Contralor General de la República.
- La Ley permite que el Escudo sea colocado en la entrada de edificios públicos, en las embajadas y legaciones panameñas en el exterior y en los despachos de altos funcionarios. No puede ser utilizado para adornar almacenes.
- Para adornar en época de Fiestas Patrias, la Ley 34 de 1949 permite a todo ciudadano: "adornar balcones y recintos con banderolas, banderines y género (tela) de los colores de la bandera nacional"; mas no con la bandera propiamente dicha ya, que ésta debe enarbolarse en un asta.
- La bandera solo puede exponerse públicamente en exteriores izada o enarbolada; sin embargo, puede desplegarse en paredes o balcones, sin astas, en posición vertical en recintos cerrados y bajo techo, teniendo cuidado que el cantón (cuartel blanco con la estrella azul) quede arriba, a la izquierda del observador.
- En ninguna circunstancia deben ser utilizados los símbolos de la nación como adornos o parte de ellos; como fondo ornamental en locales comerciales, no debe colocárseles cintas, borlas, flecos ni nada parecido. Siempre que se expongan, debe ser de manera sencilla, tal como fueron ideados, sin olvidar que son patrimonios y representación legítima del Estado panameño, a los que debemos respeto.
- El Himno Nacional debe ser cantado a viva voz; siempre y cuando no se esté interpretando en un acto oficial por la Banda Republicana. La Ley 34 de 1949 permite que el himno sea cantado y/o interpretado, tanto en actos oficiales como en actos cívicos particulares, siempre y cuando se haga una fiel reproducción de su letra y partitura originales.
Su opinión es importante.
Participe y aporte su visión sobre este artículo, o ayude a otros usuarios con su conocimiento.
-
Principales Funciones y atribuciones del Encargado o encargada de las Relaciones Públicas
-
República Dominicana. Uniforme oficial de la Marina de Guerra. Modelo para hombre. Uniforme frac naval
-
República Dominicana. Uniforme alistado de la Marina de Guerra. Modelo C-1, jefe de camareros. Capitán.
-
República Dominicana. Uniforme oficial de la Marina de Guerra. Modelo para hombre, verde olivo
-
República Dominicana. Uniforme guardiamarinas de la Marina de Guerra. Modelo S/N.
-
Secretaría de Relaciones Exteriores de México.
-
En actos sociales se puede optar por utilizar un vestuario más moderno, siempre que la ocasión no requiera un tipo de vestuario especial
-
D. S. Nª 537, de Diciembre de 2001 y D. S. Nª 35 de 3 de Marzo de 2006.
-
Funciones y atribuciones del encargado o encargada de Protocolo
-
República Dominicana. Uniforme oficial de la Marina de Guerra. Modelo para hombre, blanco
-
Reconocimiento de cuatro años de dedicación al servicio, desempeño fiel de las labores bajo cualquier dificultada, lealtad al juramento prestado al alistarse.
-
Insignias y Distintivos. Los distintos rangos en la Marina de Guerra de la República Dominicana.









