Los Matrimonios Reales.
Se solicita el correspondiente Breve, por la Embajada española, por medio de una nota dirigida al Cardenal Secretario de Estado, remitiéndole los documentos necesarios, entre los que debe figurar el árbol genealógico.
MATRIMONIOS REALES.
Cuando alguna de las Personas Reales de España, va a contraer matrimonio, y necesita dispensa de parentesco, se solicita el correspondiente Breve, por la Embajada española, por medio de una nota dirigida al Cardenal Secretario de Estado, remitiéndole los documentos necesarios, entre los que debe figurar el árbol genealógico.
Estas dispensas se cursan por la Secretaría de Breves para Príncipes, y Su Santidad acostumbra a condonar los derechos afectos a estos documentos; pero el Rey de España, por su parte, hace en cambio, un regalo al Cardenal Secretario de Estado, otro al Sustituto de Estado y a Monseñor Secretario de Breves para Príncipes, y manda se haga una ofrenda en dinero para los empleados de dicha Secretaría.
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