Inmunidades Diplomáticas.
Protección de los Ministros públicos por el derecho de gentes.

INMUNIDADES DIPLOMÁTICAS.
"Si quis legalum hostium pulsasset, contra jus gentium id commissum esse existimatur, quia sancti habentur legati"
(Diod. Sic).
El Embajador, el Enviado Extraordinario y Ministro Plenipotenciario, el Ministro Residente, los Encargados de Negocios y los Secretarios de Embajada o de Legación, son Ministros públicos, y como tales, gozan de la protección del derecho de gentes. (Wicquefort, "L'Ambassadeur et ses fonctions").
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S.M. el Rey concede plenos poderes a Don Augusto Conté para que, en su nombre, firme el contrato matrimonial con la Archiduquesa de Austría Doña María Cristina.
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Modelo carta para el nombramiento de Secretarios de segunda y de tercera.
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El Embajador, acompañado del primer Secretario de la Embajada, visita en forma privada al Cardenal Secretario de Estado.
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Real Exequátur concedido por el Rey con nombramiento.
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Modelos de Papeleta abierta y Papeleta doblada y sellada.
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Juicio bastante aproximado, de las relaciones que existen entre la Santa Sede y los Gobiernos.
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Es absurda la opinión vulgar de que no ocupándose más que de bailes y de teatros, de conciertos y de paseos, pueda llegarse a adquirir la práctica y los conocimientos del verdadero diplomá¡tico.
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Etiqueta y ceremonial que se observa en la República Francesa en el ámbito diplomático.
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Etiqueta de la Corte Imperial Rusa en el ámbito diplomático.
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Extensión de Credenciales para españoles y extranjeros, con sus correspondientes sobres.
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Comunicar el cambio de Gabinete mediante circular a los Representantes de S.M. en el extranjero y al Cuerpo Consular español.
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Notificación al Primer Introductor de Embajadores del luto por el fallecimiento de S.M. el Rey.