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44. Los tratamientos.

Los tratamientos pueden estar determinados por razones de cargo o por razones de méritos.

Universidad Tecnológica de Pereira - Facultad de Ingeniería Industrial
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3. Los tratamientos.

Los tratamientos pueden estar determinados por razones de cargo o por razones de méritos. Los tratamientos por razones de cargo suelen ser limitados en el tiempo (cargos empresariales, políticos, etc.), mientras que los determinados por razones de méritos (o título) suelen ser vitalicios, es decir perduran en el tiempo mientras lo haga la persona que ostenta el mérito o título. La utilización del tratamiento adecuado, es un símbolo de respeto hacia la persona que se dirige.

A los familiares y amigos se les llama por su nombre. Pero cuando ellos tienen posiciones de gobierno, eclesiásticas, militares o altos cargos en la empresa privada, hay que dirigirse públicamente a ellos dándoles el tratamiento y el título que su posición les otorga; privadamente si puede darse el trato familiar amistoso y hasta tutearlos.

3.1 Ámbitos de aplicación de los tratamientos.

- Tratamientos Reales.

- Tratamientos Eclesiásticos.

- Tratamientos Militares.

- Tratamientos Civiles.

- Tratamientos Nobiliarios.

- Tratamientos Diplomáticos.

- Tratamientos en la Universidad.

- Tratamientos Judiciales.

3.2 La aplicación de los tratamientos.

Normas generales.

1. Como muestra de deferencia, todas las personas sin importar su rango o condición sociocultural, deben ser llamadas con los títulos de señor, señora, señorita, joven, don, doña, etc. El tratamiento más generalizado es el de Señor - Don / Señora - Doña, que se utilizan para dirigirse a la mayoría de personas.

Existe una manera errónea y muy extendida de utilizar estos dos elementos por separado (utilizar el Señor con el nombre de pila o el Don con el apellido. Ejemplo: Señor Juan o Don López. Siempre se debe utilizar el Señor con el apellido y Don con el nombre de pila, o utilizar la fórmula completa Señor Don con el nombre completa de la persona a la que se dirige.

2. Cuando existan circunstancias en determinadas personas, que tengan más de un cargo o mérito, siempre se debe utilizar el tratamiento de más alto rango que le corresponda.

3. La utilización de título nobiliario no debe ir precedida de "Señor", ya que esta particularidad solo queda destinada al personal de servicio de la persona (Señor Marqués, Señor conde, etc.).

4. Antes de dirigirse a una autoridad, es necesario consultar su nombre completo y el tratamiento que le corresponde.

5. Cuando se saluda a una autoridad se debe mantener la distancia adecuada y para hablarle se debe ser discreto y prudente.

 

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