41. Misas en memoria. Anuncio del deceso.
En casos excepcionales y por autorización del Rector, se podrán organizar misas en memoria de estudiantes, profesores o funcionarios fallecidos.

9.1.4 Misas en memoria.
En casos excepcionales y por autorización del Rector, se podrán organizar misas en memoria de estudiantes, profesores o funcionarios fallecidos, casos en lo que se seguirá el estricto protocolo que el momento requiera.
La misa u otra ceremonia religiosa, deberá organizarla la Dirección de Gestión Humana en el caso de docente o funcionario, y la Dirección de Bienestar para el caso de estudiantes.
La Dirección de Comunicaciones y Relaciones Públicas acompañará la organización y comunicación de las honras fúnebres que se decida organizar.
9.1.5 El anuncio del deceso.
De acuerdo con las políticas de la Universidad, el anuncio del fallecimiento se hará por medio de la prensa, previa decisión de la Dirección de Comunicaciones y Relaciones Públicas y/o por solicitud de las áreas académicas o administrativas relacionadas con la persona fallecida o sufre la pérdida.
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