D. El contexto social de los códigos de la cortesía, la cortesía moderna y la prudencia. XI.
La sociedad estamental española: El contexto social de los códigos de la cortesía, la cortesía moderna y la prudencia.
La disolución de estas resistencias pasa también por la acción del ejército. Comienzan a perfilarse las primeras unidades permanentes dentro del mismo junto a los cuadros que tradicionalmente sí habían disfrutado de tal permanencia; cuadros de expertos militares normalmente encargados del levantamiento de tropas y de asegurar determinados suministros relacionados con la pólvora y las municiones (Maravall, 1972: 514; vol. II). Irá ganando peso el principio de absorción por parte del Estado de la función militar -en tiempos de Carlos I ya se contempla en el gasto público de la Hacienda Real una cantidad asignada al mantenimiento del núcleo permanente del ejército (Maravall, 1972: 514; vol. II)- pese a la resistencia que aún expresan quienes disponen, nobles sobre todo, de tropas particulares y privadas (Nota: Ejemplo de estas resistencias son las palabras del Duque de Medinaceli durante el sitio de Granada al cuestionar las órdenes del rey; quien le conmina a apoyar al Duque de Nájera: "porque yo no estaré en la guerra salvo acompañado de los míos, ni los míos es razón que vayan a ningún fecho de armas sin que vaya yo delante dellos". Cfr. Maravall (1972: 516; vol. II)). Que las tropas sean pagadas por el poder central supone una muestra del avance de la economía dineraria. La remuneración regular de los soldados sustituirá al sistema de pagos por botín y saqueo, circunstancia que contribuirá a difuminar la noción del ejército como trampolín hacia la fama y las riquezas. Las tropas comenzarán a ser reclutadas con individuos de cualquier procedencia y condición social que a cambio de sus servicios reciben un sueldo. No en vano, la complejización del ejército corre en paralelo al principio del dinero como motor de la guerra y a la generalización antes mencionada de la economía dineraria (Maravall, 1972: 517-519; vol. II) (Nota: Numerosos tratadistas y autores suscribirán el principio del Pecunia Nervus Belli. Entre los más destacados figuran Baltasar Gracián, Saavedra Fajardo o Lope de Vega. Cfr. Maravall (1972: 519; vol. II)).
La complejización y crecimiento del ejército corre pareja al proceso de racionalización en la organización de las tropas y la tecnificación de la guerra. Los nuevos artefactos bélicos exigen conocimientos técnicos y la estrategia requiere acciones meditadas y calculadas. De las tropas se esperan movimientos uniformes silenciosos y coordinados. Ya no es tiempo del ataque vociferante. El éxito de un ejército pasará progresivamente por el disciplinamiento de la soldadesca (Nota: Son innumerables las citas de la época referidas a la disciplina, coordinación y silencio esperados de los soldados. García de Palacio, tratadista militar, reflexiona sobre esta cuestión. Es el año 1583: "El dar gran grito al arremeter desmaya al enemigo, mas ya por experiencia se tiene, según los instrumentos y nuevas formas de pelear que ahora se usan, que más se acobarda y desmaya con la buen orden y atención que con el silencio se lleva que non gritería y bozes que harto espanto, bozería y alarido es (si así se puede decir) el del artillería y arcabucería destos tiempos". Citado en Maravall (1972: 536; vol. II)).
Hasta aquí puede observarse cómo el sentido del proceso de formación del Estado es claro. Fundamentalmente, de lo que se trata es de desprenderse de cualquier tipo de lastre que mine su iniciativa, de expropiar cualquier tipo de instancia local, corporativa o feudal que amenace o entorpezca su caminar. Como apunta Maravall (1972: 215; vol. II) no es que se trate de una dirección recorrida sin traspiés alguno o de forma unívoca; no es que sea algo exento de complejidad pero sin duda es esa la dirección. Quisiera por ello antes de dar por concluido este epígrafe abordar una cuestión relativa a esa supresión de injerencias en el ámbito de la acción estatal. Me refiero en este caso al proceso de estatalización de la Iglesia como muestra de esa intención del Estado de subsumir bajo su autoridad todo cuanto ose discutirla.
Nos situamos en este caso ante un tema controvertido. Elias hizo hincapié, dentro de su teoría del proceso civilizatorio, en el desarrollo del Estado como elemento clave en la pacificación y moderación conductual-emocional de los individuos. Frecuentemente se la ha achacado su falta de atención a la importancia de la religión y la Iglesia como elementos propiciadores de esa misma pacificación y moderación. No pretendo ofrecer una solución a esta controversia sino fijar algunos aspectos relacionados con la posición de la Iglesia en el proceso de formación del Estado. Me remito a J.A. Maravall y a la argumentación que en torno a la cuestión ofrece en su "Estado Moderno y mentalidad social" (Maravall, 1972: 215-241; vol. I).
La Iglesia medieval había presentado un notable grado de particularismo debido a su lejanía con respecto a Roma. La Iglesia visigoda, por ejemplo, fue conocida por sus peculiaridades en los ritos, en sus fuentes doctrinales o por la pervivencia de cierto arcaísmo con frecuencia mal visto desde Roma (Maravall, 1972: 216; vol. I). Ese particularismo se acentuó rechazando algunos de los 'relajamientos' de la costumbre introducidos desde la sede papal. Más adelante, se reaccionó frente a esto abrazando la ortodoxia como medio para frenar el mal que el protestantismo suponía para la unidad de la fe. Esto lleva a la Iglesia a aproximarse al poder político (Nota: Dicha aproximación, que tiempo antes hubiera sido impensable en otros lugares de Europa debido a la cuestión de las Dos Espadas, se realiza con una normalidad no vista en otras zonas del Viejo Continente. Prueba de esto es que en la Península, aquella cuestión no generó grandes discrepancias. Por ello tal acercamiento no tiene un carácter excesivamente controvertido. Cfr. Maravall (1972: 216; vol. I)).
Por el contrario, desde el Estado, las críticas contra la Iglesia no se situarán en el ámbito del dogma: cuando se realizan es en el sentido de que ésta se someta a la disciplina y autoridad del rey (Maravall, 1972: 217; vol. I). Así, tal y como apunta Maravall:
"Si se ha dicho que el protestantismo cooperó con la revolución capitalista en el proceso de reemplazar el feudalismo por la centralización estatal, también en los países fieles a la Iglesia católica, el factor eclesiástico [...] colaboró en afirmar el absolutismo centralizador del Estado moderno". (Maravall, 1972:218; vol. I).
Los conflictos que surgen se centran en protestas contra lo que se consideran extralimitaciones de la jurisdicción eclesiástica amén de las resistencias que presentan ciertos elementos del clero para someterse como jueces de la Iglesia al poder real. Ejemplos de tales protestas se formalizan en las Cortes de Valladolid (1307), Burgos (1315), Medina del Campo (1318), Valladolid (1322, 1325), Burgos (1345), Valladolid (1351), Toro (1371), Segovia (1386), Tordesillas (1401), Palenzuela (1425), Burgos (1430), Zamora (1432), Madrid (1433, 1435), Toledo (1436), Madrigal (1438), Valladolid (1442, 1451), Burgos (1453), Córdoba (1455), Toledo (1462) y Madrigal (1476) (Maravall, 1972: 220; vol. I). Extralimitaciones y resistencias tratan de ser combatidas con medidas que inician los Reyes Católicos, continúan los Austrias y sistematizan los Borbones. Entre estas medidas figuran el recorte progresivo de inmunidades judiciales eclesiásticas desde el siglo XIV hasta el XVIII (Maravall, 1972: 222; vol. I) (Nota: Otro ejemplo lo hallamos en la prohibición que realiza Fernando El Católico en Diciembre de 1485 de que se introduzcan en su reino bulas papales consentimiento real. En 1509 se decretaría la pena de muerte para quien obrase de esta manera. Cfr. Maravall (1972: 227; vol. I)). El propio Tribunal de la Santa Inquisición es un tribunal de la corona tal y como proponen los Reyes Católicos y acepta el Papa Sixto IV; tribunal que no es esencialmente un órgano de carácter religioso sino un instrumento político que se emplea para impulsar una sociedad cerrada en la que es de vital trascendencia el factor religioso. Las reticencias entre los Reyes Católicos y Sixto IV, o las existentes entre Carlos I y Clemente VII o Paulo III o la propia guerra de Felipe II contra Paulo IV responden en parte a las alianzas y contraalianzas que mantienen cada uno de ellos con otros mandatarios y en parte, también, al intento de los monarcas de hacer prevalecer su autoridad y control sobre la población y las tierras que le son propias (Maravall, 1972: 229; vol. I).
El proceso de estatalización de la Iglesia no significa que el Estado se convierta en una especie de Estado-Iglesia sino que implica extender el dominio del Estado hasta alcanzar a la Iglesia. Incluso la unidad religiosa dentro de la Monarquía acaba por ser una necesidad de índole política: si un rey y sus súbditos no comparten la misma religión, éstos no podrán amarlo ni obedecerlo. Aquí la religión vuelve a servir a los intereses del Estado para que éste se encuentre en las mejores condiciones posibles para ejercer su autoridad sobre los súbditos. La unidad religiosa se politiza. La homogeneidad pasa por colocar a la religión católica bajo la tutela estatal siendo el Estado quien garantice la unidad espiritual. Esta lógica es la que subyace a la expulsión de los moriscos o al establecimiento de los estatutos de limpieza de sangre promovidos por Felipe II frente al recelo de Pío V, desconfiante a la vista del peso del Estado sobre la Iglesia en la Península (Maravall, 1972: 235-237; vol. I). Es más: contradiciendo la visión tradicional que supone que la Iglesia gozó de exenciones fiscales y no participaba con sus contribuciones a engrosar las arcas públicas puede esgrimirse la intención de los Reyes Católicos de que los clérigos costeasen el mantenimiento de la Santa Hermandad o las grandes aportaciones que efectuó la Iglesia a la Hacienda castellana durante el siglo XVI (Maravall, 1972: 240; vol. I).
Hasta aquí he tratado de glosar el proceso de formación del Estado dentro del marco de contextualización del Antiguo Régimen. Entiendo que puede hablarse de Estado pese a que éste no se encuentre todavía definitivamente conformado o aún le resten por satisfacer algunos de los requisitos de la definición weberiana. Sin embargo, no puede olvidarse que esa definición es como tal un concepto teórico que no tiene por qué encontrar una ejemplificación plena y exacta en la realidad; en este caso la empiria no se ajusta plenamente a la teoría. Lo que es cierto, en mi opinión, es que la monarquía hispánica del Antiguo Régimen y demás actores sociales fueron creando "Estado" unas veces de acuerdo con decisiones y medidas estratégicas (Nota: El Conde Duque de Olivares, por ejemplo, insta a Felipe IV a resultas del desgaste del complejo imperial, a reconducir iniciativas y esfuerzo hacia el proceso de construcción estatal. Así se lo hace saber al monarca: "Tenga V.M. por el negocio más importante de su Monarquía el hacerse Rey de España; quiero decir, Señor, que no se contente V.M. con ser Rey de Portugal, de Aragón, de Valencia, Conde de Barcelona, sino que trabaje y piense con consejo mudado y secreto, por reducir estos reinos de que se compone España al estilo y leyes de Castilla, sin ninguna diferencia, que si V.M. lo alcanza, será el Príncipe más poderoso". Conde Duque de Olivares, Instrucción a Felipe IV; citado en Maravall (1972:474; vol II)) y en otras ocasiones a resultas de lo que, inintencionadamente nadie tenía previsto.
- D. El contexto social de los códigos de la cortesía, la cortesía moderna y la prudencia. I.
- D. El contexto social de los códigos de la cortesía, la cortesía moderna y la prudencia. II.
- D. El contexto social de los códigos de la cortesía, la cortesía moderna y la prudencia. III.
- D. El contexto social de los códigos de la cortesía, la cortesía moderna y la prudencia. IV.
- D. El contexto social de los códigos de la cortesía, la cortesía moderna y la prudencia. V.
- D. El contexto social de los códigos de la cortesía, la cortesía moderna y la prudencia. VI.
- D. El contexto social de los códigos de la cortesía, la cortesía moderna y la prudencia. VII.
- D. El contexto social de los códigos de la cortesía, la cortesía moderna y la prudencia. VIII.
- D. El contexto social de los códigos de la cortesía, la cortesía moderna y la prudencia. IX.
- D. El contexto social de los códigos de la cortesía, la cortesía moderna y la prudencia. X.
- D. El contexto social de los códigos de la cortesía, la cortesía moderna y la prudencia. XI.
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