Memorandum. Instalación de las Cámaras de Comercio en el extranjero. V.
Asambleas electorales, elecciones y juntas generales.

TITULO III. Asambleas electorales, elecciones y juntas generales.
Artículo.
Tienen derecho a ser electores y elegibles todos los que ejerzan el comercio, la industria, las artes, los oficios constituidos en cierta categoría, los banqueros, los directores de las casas de comercio, de los establecimientos industriales y de las Sociedades anónimas, los Agentes de cambio y los Presidentes de los gremios que reúnan las siguientes condiciones:
A. Ser español, estar inscrito en el Registro oficial del Consulado y hallarse en el pleno uso de los derechos civiles y políticos.
B. Ser mayor de veinticinco años.
C. No haber sido declarado en quiebra o haber sido rehabilitado.
D. Residir y ejercer su profesión públicamente en ......
E. Inscribirse en el Registro especial de la Cámara de Comercio. La inscripción en este Registro supone la aceptación de los Estatutos de la Cámara.
Artículo.
Todo español que reúna las condiciones anteriores tiene derecho a reclamar su inscripción en el Registro de la Cámara de Comercio.
Artículo.
Todos los inscritos en dicho Registro serán electores.
A este efecto, el Registro se considerará abierto hasta diez días antes de la Asamblea general.
Artículo.
La Asamblea general se celebrará todos los años en aquellos días y época que estén más conformes con las costumbres del país.
Artículo.
La Junta directiva fija la orden del día por sí misma.
Artículo.
La Asamblea general será presidida por el Cónsul, y en caso necesario por el Ministro de España en la localidad. Será anunciada con la debida anticipación, publicándose la orden del día.
Artículo.
Las decisiones se tomarán siempre por mayoría de los votos presentes.
Artículo.
Para discutir un asunto que no esté en la orden del día será preciso una proposición firmada por un número suficiente de electores. Esta proposición deberá presentarse al Presidente de la Cámara de Comercio, al menos con dos días de anticipación a aquel en que haya de celebrarse la junta general.
- Memorandum. Instalación de las Cámaras de Comercio en el extranjero. I.
- Memorandum. Instalación de las Cámaras de Comercio en el extranjero. II.
- Memorandum. Instalación de las Cámaras de Comercio en el extranjero. III.
- Memorandum. Instalación de las Cámaras de Comercio en el extranjero. IV.
- Memorandum. Instalación de las Cámaras de Comercio en el extranjero. V.
- Memorandum. Instalación de las Cámaras de Comercio en el extranjero. VI.
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Nota de una Legación remitiendo un objeto que se había anunciado en notas enteriores.
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Es la Rosa de Oro prenda del paternal cariño del Príncipe que la envía, símbolo de la fe, de la justicia, de la caridad, de la Soberana que la recibe.
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El Consistorio (del latin Consistere, sentarse juntos) es una reunión de Cardenales y de Prelados convocados por el Papa.
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Cancillería. Es la que firma un Soberano al despojarse de su autoridad Real
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Discurso, en francés, de respuesta del Presidente de la República Francesa.
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Telegramas recibidos desde Atenas con las condolencias por la muerte del Rey Alfonso XII.
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La Exelusiva es el veto que opone a la elección de un Cardenal para la Silla apostólica.
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Nota, en francés, pidiendo un Exequátur para un Cónsul.
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Recomendación a las autoridades españolas.
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Les lettres de créance sont nécéssaires à l'Ambassadeur; tant parce qu'elles lui donnent le caractère, et le font connoistre au Prince à qui on l'envoyé; que parce que sans elles, il n'est pas capable de négocier.. Wicquefort.
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El Cónclave (voz derivada del latin cum, con; clavis, llave), empezó a organizado Gregorio X, porque fue él el primer Papa elegido en clausura.
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Formulario abreviado de Cartas Reales.
