
Real Decreto 1511/1977, Título IV - IX - Reglamento de Banderas y Estandartes, Guiones, Insignias y Distintivos
Almirante - Regla Número 11. Vicealmirante y General de División de la Armada - Regla Número 12
protocolo.org
Reglamento de Banderas y Estandartes, Guiones, Insignias y Distintivos
Real Decreto 1511/1977, de 21 de enero
Regla Número 11
Almirante
B.O.E.
1. Descripción
Será una bandera cuadra de los colores de la Bandera Nacional, llevando en el centro de la franja gualda tres roeles en color rojo.
2. Tipos y usos
En buques, edificios, mástiles y vehículos, según lo especificado en la regla número 1 del capítulo III del título IV.
Regla Número 12
Vicealmirante y General de División de la Armada
B.O.E.
1. Descripción
Será una bandera cuadra de los colores de la Bandera Nacional, llevando en el centro de la franja gualda dos roeles de color rojo.
2. Tipos y usos
En buques, edificios, mástiles y vehículos, según lo especificado es la regla número 1 del capítulo III del título IV.
- Real Decreto 1511/1977 - Reglamento de Banderas y Estandartes, Guiones, Insignias y Distintivos, Título I
- Real Decreto 1511/1977 - Reglamento de Banderas y Estandartes, Guiones, Insignias y Distintivos, Título II
- Real Decreto 1511/1977 - Reglamento de Banderas y Estandartes, Guiones, Insignias y Distintivos, Título III
- Real Decreto 1511/1977 - Reglamento de Banderas y Estandartes, Guiones, Insignias y Distintivos, Título IV
Parte I | Parte II | Parte III | Parte IV | Parte V | Parte VI |
Parte VII | Parte VIII | Parte IX | Parte X | Parte XI | Parte XII |
Parte XIII | Parte XIV |
Su opinión es importante.
Participe y aporte su visión sobre este artículo, o ayude a otros usuarios con su conocimiento.
-
Real Decreto 1511/1977, VII - Reglamento de Banderas y Estandartes, Guiones, Insignias y Distintivos
Cinta - Regla Número 7. Moharra - Regla Número 8 -
Las Entidades Locales de la Comunidad Autónoma de Extremadura divulgan y perpetúan los hechos o motivos más representativos de su historia local a través de la simbología de sus escudos, banderas y otros símbolos.
-
Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de medidas para la modernización del gobierno local. BOE 17-12-2003. Ley de Grandes Ciudades.
-
Cuando sean convocadas conjuntamente Autoridades y Colegios de Instituciones o Corporaciones a los actos de carácter general, cada uno de estos últimos se situará a continuación de la autoridad de que dependa
-
Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de medidas para la modernización del gobierno local. BOE 17-12-2003. Ley de Grandes Ciudades.
-
Real Decreto 1523/1982, de 18 de Junio, por el que se crea la Real Orden del Mérito Deportivo.
-
Las insignias correspondientes a los distintos grados de esta Orden se ajustarán a los modelos que figuran como anexo al presente Reglamento...
-
LEY ORGANICA 6/2006, de 19 de julio, de reforma del Estatuto de Autonomía de Cataluña. BOE n. 172 de 20/7/2006. Parte II.
-
Los magistrados y jueces no podrán ser depuestos en sus destinos, sean temporales o perpetuos, sino por causa legalmente probada y sentenciada
-
Armada, Mando, Régimen Interior, Disciplina, Seguridad y Honores y Ceremonias. Reales Ordenanzas de la Armada Española. Ley 85/1978, de 28 de diciembre. Parte IV.
-
España es una República democrática de trabajadores de toda clase, que se organiza en régimen de Libertad y de Justicia.
-
Las Academias de ámbito nacional se crearán por Real Decreto del Gobierno, a propuesta del Ministro de Educación, previo informe del Instituto de España