Real Decreto 1511/1977, Título II - Guiones y estandartes
Guión de Su Majestad el Rey - Regla Número 1

protocolo.org Imágen Generada por IA
Título II - Guiones y estandartes
Real Decreto 1511/1977, de 21 de enero
Reglamento de Banderas y Estandartes, Guiones, Insignias y Distintivos

B.O.E. Imágen Generada por IA
Regla Número 2
Guión de Su Majestad el Rey

B.O.E. Imágen Generada por IA
1. Descripción
Será un pendón cuadro, todo él rodeado de un cordoncillo de oro, del que arranca un fleco de hilo del mismo metal.
El fondo será de color carmesí, y bordado sobre él, en su centro, escudo cuartelado: 1.°, de gules, con un castillo de oro, almenado, mazonado de sable y aclarado de azur, que es de Castilla; 2.°, de plata, con un león rampante de púrpura coronado de oro, lampasado y armado de gules, que es de León; 3.°, de oro, con cuatro palos de gules, que es de Aragón;4.º, de gules, con una cadena de oro puesta en orla, en cruz y en aspa, con un punto de sinople en abismo, que es de Navarra; entado en punta, de plata, con una granada al natural rajada de gules, sostenida, tallada y hojada de dos hojas de sinople, que es de Granada. Sobre el todo, un escusón de azur con tres flores de lis de oro, bordura de gules, que es de Borbón.
El escudo se timbra con un corona cerrada, que es un círculo de oro, engastado en piedras preciosas en sus colores, compuesto de ocho florones de hojas de acanto visibles cinco, interpolados de perlas en su color, de los que parten ocho diademas de perlas vistas cinco, que convergen en un orbe azul, con el semimeridiano y el ecuador de oro, sumado de cruz de oro, la corona forrada de rojo y va rodeado del collar del Toisón de Oro.
2. Confección
Con terciopelo de algodón, bordado por ambas caras en sus esmaltes.
3. Medidas
Ancho y alto del guión: 800 milímetros.
Ancho del fleco: 22 milímetros.
Altura del escudo: 440 milímetros.
Separación de los extremos del escudo a los bordes superior e inferior: 180 milímetros.
4. Colores
Guión: Color carmesí.
Escudo: En sus esmaltes.
5. Uso
Para ser portado por un Oficial de la escolta cuando ésta acompañe a Su Majestad.
Téngase en cuenta que, de conformidad con la disposición transitoria única del Real Decreto 527/2014, de 20 de junio, por el que se crea el Guión y el Estandarte de Su Majestad el Rey Felipe VI, referencia B.O.E. A-2014-6525. Su Majestad, Don Juan Carlos de Borbón y Borbón seguirá usando el guión que venía utilizando hasta su abdicación como rey.

B.O.E. Imágen Generada por IA
1. Descripción
Será un pendón cuadro, todo él rodeado de un cordoncillo de oro, del que arranca un fleco de hilo del mismo metal.
El fondo será de color azul oscuro, y bordado sobre él, en su centro, escudo cuartelado: 1.°, de gules, con un castillo da oro, almenado de tres almenas y donjonado de tres torres, cada una con tres almenas de lo mismo ozonado de sable y aclarado de azur, que es de Castilla; 2.°, de plata, con un león rampante de gules coronado de oro, lampasado y armado de lo mismo, que es de León; 3.°, de oro, con cuatro palos de gules, que es de Aragón; 4.º, de gules, con una cadena de aro puesta en orla, en cruz y en aspa, con un punto de sinople en abismo, que es de Navarra; enfado en punta, de plata, con una granada al natural rajada de gules, sostenida, tallada y hojada de dos hojas da sinople, que es de Granada. En escusón de azur y fileteado de gules, trae flores de lis de oro, que es de Borbón.
Lleva acolada al escudo la cruz roja de Borgoña y, a diestra y siniestra de la punta del mismo, el yugo de gules en su posición natural con cintas de lo mismo, y el haz de cinco flechas de gules, con puntas hacia abajo y cintas de lo mismo.
El todo rodeado del Toisón de Oro y rematado de corona del mismo metal y pedrería, con ocho florones, visibles cinco, ocho perlas intercaladas, cerradas con ocho diademas guarnecidas también de perlas y rematadas con una cruz sobre un globo, que es la Real de España.
2. Confección
Con tafetán de seda, bordada por ambas caras en sus esmaltes.
- Real Decreto 1511/1977 - Reglamento de Banderas y Estandartes, Guiones, Insignias y Distintivos, Título I
- Real Decreto 1511/1977 - Reglamento de Banderas y Estandartes, Guiones, Insignias y Distintivos, Título II
| Parte I | Parte II | Parte III | Parte IV |
Su opinión es importante.
Participe y aporte su visión sobre este artículo, o ayude a otros usuarios con su conocimiento.
-
Reglamento de Protocolo y Ceremonial del Ayuntamiento de Madrid. B.O.A.M. Num. 804, 23/02/1989. ANM 1988/2.
-
Las Leyes del Estado o de las Comunidades Autónomas podrán crear órganos de colaboración de las Administraciones correspondientes con las Entidades locales
-
General de Brigada del Ejército - Regla Número 5.
-
La Junta de Gobierno de la Universidad puede establecer el uso de una medalla propia para las personas que hubiesen alcanzado el grado de Doctor en la Universidad de León, sea ordinario u Honoris Causa.
-
La promoción y difusión internacional de la cultura española y de la imagen de España constituye uno de los objetivos del Ministerio de Cultura.
-
Reglamento 2/2005, de Honores, Tratamientos y Protocolo en los Actos Judiciales Solemnes. Acuerdo de 23 de noviembre de 2005, del Pleno del Consejo General del Poder Judicial. B.O.E. 302 de fecha 19/12/2005.
-
Las insignias correspondientes a los distintos grados de la Orden se ajustarán a los modelos que figuran...
-
Título IV. Capítulo III. Procedimiento para la concesión e imposición de las Cruces del Mérito Militar, del Mérito Naval y del Mérito Aeronáutico. Capítulo IV. Derechos inherentes a las Cruces del Mérito Militar, del Mérito Naval y del Mérito
-
Reglamento 2/2005, de Honores, Tratamientos y Protocolo en los Actos Judiciales Solemnes. Acuerdo de 23 de noviembre de 2005, del Pleno del Consejo General del Poder Judicial. B.O.E. 302 de fecha 19/12/2005.
-
Si las Cortes extraordinarias no hubieren concluido sus sesiones en el día señalado para la reunión de las ordinarias, cesarán las primeras en sus funciones...
-
Las pruebas de selección y los concursos para la provisión de puestos de trabajo se regirán por las bases que apruebe el Presidente de la Corporación
-
Utilización de lenguas cooficiales en señalizaciones y carteles. Categorías de material impreso. Contenido de los modelos normalizados de solicitud



