
Real Decreto. Días que las autoridades deben recibir Corte.
S.M. expide el Real Decreto en el que se establecen los días para que las autoridades reciban Corte.
Real Decreto fijando los días en que las autoridades deben recibir Corte.
Ver Real Decreto original en formato pdf.
Texto del Real Decreto.
PRESIDENCIA
DEL
CONSEJO DE MINISTROSExcmo. Sr.:
S.M. el Rey (q. D. g.) se ha servido expedir el Real decreto siguiente:
Atendiendo a las razones que me ha expuesto el Presidente del Consejo de Ministros, de acuerdo con el mismo Consejo, he venido en decretar lo siguiente:
Artículo primero.
Las Autoridades a quienes según las disposiciones vigentes corresponda, recibirán Corte en las solemnidades siguientes: Días y Cumpleaños de S.M. el Rey; Días y Cumpleaños de S.M. la Reina; Días y Cumpleaños del Príncipe o Princesa de Asturias.
Artículo segundo.
Cuando, como actualmente sucede, con los Días y Cumpleaños de S.M. la Reina Cristina y S.A. la Princesa de Asturias, recaigan ambas fiestas dentro de un propio mes, solamente se recibirá Corte en la primera de ellas.
Artículo tercero.
Recibirán Corte asimismo las Autoridades referidas en los días de S.M. la Reina Doña Isabel II y de S.M. el Rey D. Francisco de Asís.
Dado en Palacio a diez y seis de Junio de mil ochocientos ochenta y cinco.
Alfonso.
El Presidente del Consejo de Ministros,Antonio Cánovas del Castillo.
De Real Orden lo traslado a V.E. para su conocimiento y efectos correspondientes.
Dios guarde a V.E. muchos años.
Madrid 16 de Junio de 1836.
A Cánovas del Castillo.
Señor ministro de Estado ......
Documentos Relacionados
-
9761
Aviso Los artículos "históricos" se publican a modo de referencia
Pueden contener conceptos y comportamientos anacrónicos con respecto a la sociedad actual. Protocolo.org no comparte necesariamente este contenido, que se publica, únicamente, a título informativo
Su opinión es importante.
Participe y aporte su visión sobre este artículo, o ayude a otros usuarios con su conocimiento.
-
Es sumamente difícil establecer principios teóricos sobre la diplomacia, que deben suplirse con la experiencia adquirida en la práctica que cada cual haya tenido.
-
La muerte de un Soberano da por terminada la validez de las Cartas Credenciales.
-
Modelo, en idioma francés, de un "Laissez passer".
-
Modelo de Recibo para reecoger una Legalización.
-
Canje de ratificaciones entre España y Bélgica.
-
El Ministro de Estado pasa al de Guerra una Real Orden para que se le concedan honores de Teniente General al fallecido Representante de Bélgica.
-
La Real orden circular sobre quintas, de 29 de Enero de 1879, previene la obligación que tienen todos los españoles residentes en el extranjero de hacerse inscribir, al cumplir diez y ocho años.
-
Etiqueta y ceremonial que se observa en la República Francesa en el ámbito diplomático.
-
Es importante conocer todo lo que se refiere a la redacción y forma de las Cartas Reales, pues el más pequeño descuido o la menor ligereza puede prejuzgar graves cuestiones internacionales.
-
Participar el fallecimiento del Rey Don Alfonso XII y el advenimiento a la Regencia de la Reian Doña María Cristina.
-
Pagos satisfechos al Cuerpo Diplomático por la Sección de Administración y Contabilidad.
-
La Iglesia dispone de una fórmula ceremonial que dice el Arzobispo celebrante en latín.