
Día de la Constitución Española. Real Decreto 2964/1983, de 30 de noviembre
A fin de solemnizar adecuadamente el aniversario de la fecha en la que el pueblo español ratificó mediante referéndum la Constitución, el Gobierno ha considerado oportuno adoptar las medidas conducentes a dicho fin
RTVE - Especial Informativos
Día de la Constitución Española
Real Decreto 2964/1983, de 30 de noviembre, por el que se establece el "Día de la Constitución"
A fin de solemnizar adecuadamente el aniversario de la fecha en la que el pueblo español ratificó mediante referéndum la Constitución, el Gobierno ha considerado oportuno adoptar las medidas conducentes a dicho fin.
En su virtud, a propuesta del Ministro de la Presidencia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 30 de noviembre de 1983,
DISPONGO:
Te puede interesar: Día de la Fiesta Nacional de España. Actos conmemorativos. Real Decreto 862/1997
Artículo 1.
El día 6 de diciembre de cada año, aniversario de la ratificación de la Constitución por el pueblo español, se declara "Día de la Constitución".
Artículo 2.
Las Instituciones del Estado, de ámbito nacional o territorial, conmemorarán con la mayor solemnidad y con actos públicos el "Día de la Constitución" en la forma que establezcan sus órganos de gobierno y dirección.
Artículo 3.
Por el Ministerio de Defensa se dictarán las disposiciones oportunas para la celebración del "Día de la Constitución" por las Fuerzas Armadas.
Artículo 4.
Los centros escolares celebrarán actos conmemorativos del "Día de la Constitución", en la forma que dispongan las autoridades académicas.
Artículo 5.
El presente Real Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".
Su opinión es importante.
Participe y aporte su visión sobre este artículo, o ayude a otros usuarios con su conocimiento.
-
Reglamento de Protocolo y Ceremonial del Ayuntamiento de Madrid. B.O.A.M. Num. 804, 23/02/1989. ANM 1988/2.
-
El profesorado funcionario se regirá por las bases establecidas en esta Ley y en su desarrollo, por las disposiciones que, en virtud de sus competencias, dicten las Comunidades Autónomas...
-
Jefe del Estado Mayor del Ejército de Tierra - Regla Número 5. Teniente General del Ejército - Regla Número 6
-
Establecer el procedimiento de concesión de las condecoraciones, honores y distinciones reguladas por la Ley 1/2001, de 16 de marzo.
-
Bandera para buques o embarcaciones del Ejército del Aire - Regla Número 14
-
Bandera para unidades de las Fuerzas Armadas - Regla Número 4
-
Constituye el actual himno nacional la obra conocida tradicionalmente por "Marcha Granadera" o "Marcha Real Española", versión armonizada en 1908 por el maestro don Bartolomé Pérez Casas
-
La calidad de español se pierde por adquirir naturaleza en país extranjero, y por admitir empleo de otro Gobierno sin licencia del Rey.
-
Reglamento de Protocolo de la ciudad de Melilla. BOME 4312. 14 de Julio de 2006.
-
Solidaridad con las víctimas del terrorismo. Real Orden de Reconocimiento Civil a las Víctimas del Terrorismo. Artículo 4 de la Ley 32/1999, de 8 de octubre.
-
Ley sobre relaciones Consulares, Convención de Ginebra de 1963. 24 de Abril de 1963.
-
De la Ley 34 de 1949. que adopta tomo Símbolos de la Nación la Bandera, el Himno y el Escudo y reglamenta su uso, que comprende las reformas de la Ley 2 de 2012.